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El matrimonio y la ley

En el momento en que dos personas se casan en Puerto Rico, se les aplica el régimen legal de gananciales, siempre y cuando no existan las capitulaciones. Esto indica que a partir del día de casamiento, todo lo que adquieran va a ser de los dos, excepto las herencias y las ganancias obtenidas por la lotería o juegos de azar. Aquí se incluye salarios, propiedades y cuentas de ahorros que se adquieran después del matrimonio”, explica la licenciada Martha Villares.

Si una persona que contrae matrimonio tiene alguna propiedad que genere cuentas o ingresos, el ingreso y la renta se consideran un bien ganancial, por lo tanto, se comparte. Por ejemplo, si el esposo posee un edificio antes de casarse y tiene alquiladas unas oficinas, el edificio le pertenece a él, pero todo lo que ese edificio genere será de los dos. Según la abogada, se considera igualmente ganancial el aumento de valor de los bienes privativos, que son los bienes obtenidos previos al matrimonio. De igual manera, si tienes una casa y la vendes después de 10 años de estar casada y ganó un aumento de valor, ese incremento le corresponde a los dos, a menos que se establezca lo contrario bajo unas capitulaciones.

No obstante, una vez se contrae nupcias las pérdidas también son gananciales. En cuanto a las deudas que tenían antes de casarse, son privativas, lo que significa que le pertenecen a cada cual. Sin embargo, una vez se casan todo lo que adquieran o se adeude es de los dos.


Las capitulaciones

A través de las capitulaciones, se estipula lo que los cónyuges deseen administrar con libertad de sus bienes presentes y futuros, sin que el matrimonio esté sujeto al régimen legal de gananciales. De esta manera, la pareja puede pactar lo que quieran, siempre y cuando no sea contrario a la ley, la moral, ni el orden público.

Este recurso otorga la división total de bienes. A raíz de esto, las partes tienen la libertad de vender o comprar un bien mueble con sus activos sin el consentimiento de su pareja; contrario al régimen legal de gananciales, en el cual ninguno puede vender o adquirir un bien mueble, sin la aprobación del otro.

Las capitulaciones se pueden hacer de forma parcial o total. En la forma total se realiza una división total de bienes: lo tuyo es tuyo y lo mío es mío. Esto es válido desde el momento en que se casan hasta que se disuelva el matrimonio. La forma parcial establece que lo mío es mío y lo tuyo es de los dos o viceversa. También, pueden hacer ciertas especificaciones en caso de que uno de los dos posea un negocio. “Si el tiene un negocio y se establece que es una corporación y que es privativo, se pueden establecer división de todos los demás bienes. Por ejemplo, mediante una división parcial, puede darse el panorama de que ambos estén sujetos al régimen legal de gananciales, pero si él o ella tiene un negocio y ese negocio es privativo de él o ella, la renta e ingreso, y todo lo que afecte ese negocio, es únicamente de él o ella”, enfatiza la experta.

Tienes hasta el día antes de casarte para hacer capitulaciones bajo escritura pública ante un notario. Son inalterables una vez firmadas, a menos que una de las partes decida, por voluntad propia, hacer algún arreglo en cuanto a la división de bienes, cediéndole algún dinero o donativo a su pareja.


Cuando uno de los dos tiene niños

Uno de los mayores propósitos de hacer capitulaciones es evitar que se tome en cuenta el ingreso de la nueva pareja para el pago de la pensión alimentaria de hijos existentes con parejas anteriores, previo al matrimonio próximo. De lo contrario, se toma en cuenta el sueldo de ambos cónyuges para estipular la cantidad que le corresponde al niño.

De otra parte, cuando hay niños fuera del matrimonio y el cónyuge muere, los niños fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los hijos dentro del matrimonio (los herederos forzosos). Pero si hay un testamento, por escrito, que indique que además de lo que les corresponde a cada uno por ley, desea darles más beneficios a los herederos forzosos que a los hijos fuera del matrimonio o viceversa, legalmente está permitido.

Cortesía Agenda para la Novia




 
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